«A partir de este 1 de septiembre, todas las empresas podrán beneficiarse de la contratación de algunos de los colectivos más vulnerables. Estas bonificaciones tendrán un impacto directo en la empleabilidad de los sectores tradicionalmente excluidos del mercado laboral. Veamos cómo tu empresa puede obtener estos beneficios».
La Unión Europea ha creado una serie de lineamientos económicos para impulsar la plena empleabilidad de todos sus miembros. En este sentido, se ha creado una serie de incentivos a los países que puedan reducir la brecha entre la población económicamente activa. Por ello, uno de los requisitos para obtener los fondos Next Generation, es crear medidas que reduzcan el desempleo de los sectores más vulnerables.
Es por ello que, en enero de 2023 se ha aprobado el Real Decreto-Ley 1/2023. Esta ley promueve a través del Ministerio para el Trabajo una serie de incentivos para aquellas empresas que incrementen el empleo. Pero, estas bonificaciones se aplicarán únicamente por la contratación de algunos sectores de la población.
Los sectores considerados menos favorecidos dentro del mercado laboral, ahora serán los primeros en las listas de algunas empresas. ¿Por qué? Pues, aquellas empresas conseguirán bonificaciones en las contrataciones en la Seguridad Social.
Estas bonificaciones se aplicarán desde el próximo 1 de septiembre. Veamos qué debe hacer tu empresa para ser beneficiaria de esta medida. Además, veremos cómo puedes acceder a lo que promete ser una medida inclusiva e impulsora de la empleabilidad española.
Las bonificaciones en las contrataciones
La Importancia del Índice de Desempleo en el Análisis Económico
El índice de desempleo es uno de los parámetros de desarrollo más importantes en los análisis económicos nacionales. A medida que los gobiernos logren emplear a la mayor parte de la población, las métricas nacionales tienden a mostrar resultados más positivos. Por ello, los organismos multinacionales como la UE analizan constantemente esta variable como un factor de comparación entre sus miembros.
La Recuperación del Empleo en España Post-Pandemia
Posterior a la pandemia, la empleabilidad en España descendió a niveles muy bajos pero que poco a poco se han ido recuperando. Sectores como la hostelería o el turismo han resurgido de las cenizas para estabilizarse y posiblemente lograr crecimiento.
Protección de Sectores Vulnerables y Programa de Incentivos
Sin embargo y aunque se han disminuido las tasas de paro a nivel general, aún existen muchos sectores poblacionales muy vulnerables. Proteger a estos sectores es uno de los objetivos del estado español. Los especialistas europeos y españoles han creado un programa de incentivos dirigido a las empresas que incluyan en sus plantillas a miembros de algunos colectivos.
Bonificaciones a Empresas a través de la Seguridad Social
Las bonificaciones en las contrataciones se instrumentarán a través de la Seguridad Social. Las empresas reducirán sus pagos por contingencias comunes y por contingencias profesionales. Del mismo modo, se aplicarán en la cotización por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional.
Reducción de Aportaciones y Bonos Directos para Empresas
En algunos casos y dependiendo del tipo y/o volumen de contratación, las empresas podrán reducir hasta el 100% de estas aportaciones. Pero además, la ley permitirá a las empresas recibir bonos directos abonables a las cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Cuáles son los colectivos sujetos a las bonificaciones por contratación?
Establecer quiénes serán parte de este plan de incentivos ha sido el meollo de las discusiones de la ley. Abrir el abanico de sectores excluidos o menos favorecidos en la contratación pública y privada ha sido bastante complejo. No obstante, después de mucho discutir se estableció que las empresas que contraten a personas de estos sectores serán beneficiarios de la bonificación:
- Personas de atención prioritaria
- Personas con discapacidad
- Personas con discapacidad física o intelectual igual o superior al 33% pertenecientes al colectivo de parálisis cerebral, espectro autista o trastornos de la salud mental.
- Personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.
- Personas en riesgo o situación de exclusión social.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral y mujeres en contextos de prostitución.
- Mujeres víctimas de violencia sexual.
- Víctimas del terrorismo.
Se excluyen de estas bonificaciones las contrataciones a personas hasta un segundo grado de consanguinidad con la directiva de la empresa. Además, se excluyen a aquellas personas que ya hayan trabajado en la empresa en los 12 meses anteriores. Los contratos temporales quedan fuera del bono, pues se debe mantener en plantilla al trabajador por lo menos 3 años.
Además, las empresas con expedientes en curso por despidos improcedentes, no podrán optar a la bonificación. Igualmente, los contratos por jornadas inferiores al 50% no entrarán dentro del plan de incentivos.
¿Cuáles son las bonificaciones por contratación?
Las empresas podrán obtener un incentivo económico en las contrataciones que se instrumenta en los siguientes bonos en la contratación:
Estas bonificaciones se aplicarán a los pagos de la Seguridad Social de las empresas en:
- Pagos de contingencias comunes y profesionales.
- Cotización de recaudación conjunta de desempleo
- Fondo de Garantía Salarial y formación profesional
Adicionalmente, se establecen otras bonificaciones en las contrataciones indefinida, temporal y contratos formativos. Asimismo, se prevé un tipo de bonificación a aquellas empresas que fomenten la conciliación laboral dentro de sus plantillas.
¿Qué deben hacer las empresas para optar por las bonificaciones en las contrataciones?
Las empresas que están interesadas en acceder a estas bonificaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:
⇒ Tener una solvencia de pagos en vigor en la Seguridad Social y Agencia Tributaria.
⇒ No tener expedientes en curso sobre despidos improcedentes, así como expedientes administrativos graves y/o muy graves en la Seguridad Social.
⇒ No estar inhabilitada para los programas de subvenciones, incentivos fiscales y ayudas públicas.
⇒ No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
⇒ Las empresas deben presentar un Plan de Igualdad para empresas de más de 50 trabajadores.
⇒ Los contratos a las personas objeto del plan deben ser como mínimo de tres años. Aunque la ley establece que los despidos justificados, dimisiones, jubilación e incapacidad no se contarán como elementos que afecten la bonificación.
Las empresas podrán aplicar para estas bonificaciones a partir del 1 de septiembre de 2023. Para ello, deberán tener todos los requerimientos del Ministerio para el Trabajo así como las solvencias en Seguridad Social y Agencia Tributaria. Del mismo modo, deberán tener el plan de igualdad de acuerdo a los parámetros exigidos por la administración.