Aunque no sirve de alivio a quienes han tenido que poner en pausa sus planes de retiro, la explicación económica parece razonable. Demográficamente, la pirámide de edad se ha invertido en España y el número de personas económicamente activas, se ha reducido. Cada vez más, los jóvenes ingresan más tarde en el sistema de cotización social y los adultos mayores, cada vez son más.
Por ende y por una lógica matemática sencilla, hay menos cotizantes jóvenes que sirvan de impulso a la salida del mercado de los mayores. ¿La consecuencia? Los trabajadores y trabajadoras españolas tendrán que refrigerar su retiro, por ahora, un año y medio más. Este proceso no ha sido súbito y tampoco frenará en esta edad. Veamos algunas claves fundamentales de la nueva edad de jubilación.
Por ende, la administración inició una medida que pudiera compensar este déficit con un mayor ingreso y, a su vez, con un retraso en el inicio de las pagas. La fórmula inicial consistía en aumentar anualmente la edad de jubilación en un mes interanual. No obstante, el ritmo de acumulación de los fondos de pensión no era suficiente y en el año 2018 se duplicó la medida.
Por cada año transcurrido desde el 2018, cualquier trabajador deberá trabajar dos meses más en una curva que se ha analizado hasta el 2027. Actualmente, la edad legal de jubilación está en los 66 años y 6 meses. Para el año 2027, esta edad se estima que estará en los 67 años. Si bien es cierto, la edad de jubilación se enlaza con el tiempo cotizado y puede tener algunas variaciones. Veámoslo de forma más sencilla en el siguiente cuadro:
Edad mínima de jubilación/años trabajados
Por lo que, alguien que aspire a jubilarse a los 65 años, tendrá que haber cotizado un incremento de tres meses por año desde el 2023 hasta el 2027. Veámoslo de forma gráfica:
Más años de trabajo, mayor incremento de la jubilación
La jubilación demorada es un estímulo adicional para aquellas personas que aumenten su período activo, aumentando su base de cotización. Pero, para ello, el trabajador debe cumplir los requisitos mínimos en la edad correspondiente. Por lo tanto, la persona deberá continuar con sus cotizaciones aunque haya sobrepasado su edad legal de retiro.
El sistema de estímulo para la jubilación demorada le da a los trabajadores la posibilidad de elegir entre tres alternativas:
Opción 1: Incremento porcentual
Opción 2: Capital único
Opción 3: Pago mixto
- 4% por la mitad de los años en exceso de período de jubilación legal.
- Un pago único por el resto de los años cotizados.
Pero, si el período de demora excede los 11 años, un trabajador podría cobrar:
- Un tanto alzado (fijo) por los primeros 5 años de exceso.
- 4% por el resto del período adicional.
En cualquier caso, la elección del sistema de pago queda a voluntad expresa de los trabajadores y siempre buscando el mayor beneficio posible. Del mismo modo, la ley no prevé la modificación de la opción elegida, por lo que es importante analizarla con detalle antes de firmar una alternativa.
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La jubilación es un derecho indiscutido de los trabajadores y un pago más que merecido por los años de servicio a la sociedad. Por ende, es muy importante tomar las decisiones más informadas y con la máxima seguridad posible.